TÉRMINOS Y CONDICIONES
Expresamente declaro conocer y aceptar los siguientes términos o directrices generales del Seguro que voluntariamente he contratado con Seguros Equinoccial S.A.
1. Los datos que he consignado en el formulario electrónico de seguro, son reales y verdaderos, por lo que, no he omitido ni falseado ningún dato y/o información, que pudiere ser o no relevante para la cobertura que brinda Seguros Equinoccial S.A.
2. Me he informado debidamente sobre el Seguro que estoy contratando, incluyendo los derechos y obligaciones que me asisten.
3. He leído, comprendido y aceptado las condiciones generales, particulares, especiales, coberturas, valores aseguradas, exclusiones, plazos y documentos necesarios para presentar reclamos, vigencia, y demás términos y condiciones del Seguro,los cuales se encuentran en este documento.
4. Conozco y acepto que la prima debe ser cancelada en su totalidad a Seguros Equinoccial S.A., caso contrario, en caso de falta de pago y/o retraso y/o demora en la acreditación de la misma a la Aseguradora, entiendo y acepto que esta última queda liberada de toda responsabilidad y obligación de indemnizar un reclamo en caso de ocurrir un siniestro. Adicionalmente, declaro que el dinero utilizado para el pago de la prima, proviene de actividades lícitas, permitidas por la Ley.
5. Si requiero una copia de la Póliza a la cual voluntariamente me adhiero, reconozco que tengo el derecho de solicitarla a Seguros Equinoccial S.A. y, esta última me la proporcionará dentro de los quince días siguientes a mi solicitud.
DECLARACIÓN DE ORIGEN DE FONDOS Y AUTORIZACIÓN
Declaro expresa e irrevocablemente que los datos consignados en el presente formulario son correctos y fidedignos. Así mismo declaro que el origen de los fondos entregados a Seguros Equinoccial S.A., por la(s) póliza(s), tienen un origen lícito permitido por las leyes del Ecuador.
Faculto a Seguros Equinoccial S.A. a proceder con la comprobación de esta declaración; para el efecto podrá realizar todas las indagaciones que considere necesarias, por los medios que considere convenientes y queda expresamente autorizada para que la información consignada y/o, la que proporcione personalmente por otros medios a Seguros Equinoccial S.A., podrá ser administrada y en especial: capturada, tratada, procesada, operada, verificada, transmitida, almacenada, usada o puesta en circulación por la Aseguradora a sus distintos proveedores de servicios, a fin de que yo pueda acceder a los distintos beneficios y servicios que conferirá la póliza cuya contratación estoy solicitando, y pueda ser remitida a autoridades competentes, organismos de control y/o a otras instituciones o personas jurídicas legal o reglamentariamente facultadas.
Eximo a Seguros Equinoccial S.A., de toda responsabilidad inclusive respecto de terceros, si esta declaración fuese falsa.
IMPORTANTE: En los casos de Seguros Equinoccial S.A. considere necesario solicitará documentación adicional para identificar plenamente al cliente, en cumplimiento de la política “Conozca a su Cliente”, estipulada en la normativa legal vigente en materia de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos.
COBERTURAS
COBERTURAS | VALORES ASEGURADOS |
MUERTE Y/O DESMEMBRACION ACCIDENTAL | USD 1,000.00 |
PLAN DENTAL | SERVICIO |
SEGURO EXEQUIAL EN ARRIENDO POR ACCIDENTE | SERVICIO |
TARJETA BLINDADA | LÍMITE POR EVENTO | NÚMERO DE EVENTOS AL AÑO | LÍMITE ANUAL |
USO FRAUDULENTO POR ROBO O PÉRDIDA DE LA TARJETA, FALSIFICACIÓN (CLONACIÓN) O ADULTERACIÓN DE LA BANDA MAGNÉTICA, SKIMING | USD 2,000.00 | 2 | USD 4,000.00 |
ATRACO EN CAJERO | USD 2,000.00 | 2 | USD 4,000.00 |
SECUESTRO EXPRÉS | USD 2,000.00 | 2 | USD 4,000.00 |
DAÑOS ACCIDENTALES A LAS COMPRAS | USD 900.00 | 3 | USD 2,7000.00 |
REEMBOLSO EN CASO DE PÉRDIDA DE DOCUMENTOS | USD 100.00 | 3 | USD 300.00 |
GASTOS MÉDICOS POR ASALTO EN ATM | USD 500 | 3 | USD 1,500.00 |
COMPRAS POR INTERNET | USD 2,000.00 | 2 | USD 4,000.00 |
ASESORIA JURÍDICA TELEFÓNICA | SERVICIO |
DEDUCIBLE
DAÑOS ACCIDENTALES A LAS COMPRAS USD 45.00
LÍMITES DE EDAD
Las personas protegidas por este contrato son los tarjetahabientes del Contratante, que hayan aceptado voluntariamente el seguro, siempre y cuando hayan sido notificados por escrito a la compañía aseguradora y cuyas edades se encuentren comprendidas desde el día que cumplan 18 años de edad para el ingreso y sin límite de edad para la permanencia en la póliza.
EXCLUSIONES
PARA: MUERTE Y/O DESMEMBRACIÓN ACCIDENTAL, SEGURO EXEQUIAL EN ARRIENDO POR ACCIDENTE:
No cubre ninguna muerte y/o desmembración causada directa o indirectamente por o como consecuencia de:
– Enfermedades y lesiones con ellas relacionadas.
– Intervenciones quirúrgicas o tratamiento que no hayan sido motivados por accidente.
– Guerra declarada o no, conmoción civil, revuelta popular, motín, servicio en las fuerzas armadas (ejército, aviación y naval) y policía.
– Viajes aéreos en aviones que no sean de líneas comerciales autorizadas para el tráfico regular de pasajeros, así como también como miembro de la tripulación de cualquier aeronave.
– Heridas auto infligidas intencionalmente, suicidio o cualquier intento de suicidio estando o no el Asegurado en uso de sus facultades mentales.
– Reacción o radiación nuclear o contaminación radioactiva.
– Infecciones bacterianas (excepto infecciones biogénicas que deriven de cortaduras o heridas accidentales).
– Lesiones corporales que den lugar a formación de hernias.
– Lesiones o muerte a consecuencia del ejercicio de una ocupación o actividad deportiva distintas a la declaradas en la solicitud de seguro, salvo que el Asegurado haya notificado de la nueva ocupación o actividad deportiva por escrito a la Compañía, y que esta haya aceptado el nuevo riesgo por escrito.
– Lesiones a consecuencia del ejercicio de una ocupación o actividad deportiva distinta a las declaradas, salvo que el Asegurado o Contratante haya notificado de la nueva ocupación o actividad deportiva por escrito a la Compañía y que esta haya aceptado el nuevo riesgo por escrito.
PARA: PLAN DENTAL
– Tratamientos hospitalarios y/o ambulatorios como consecuencia o complicación de un tratamiento no amparado en la póliza.
– Procedimientos que exijan hospitalización o atención domiciliaria.
– Procedimientos prestados por instituciones u odontólogos no inscritos en la red.
– Procedimientos no autorizados por el odontólogo orientador.
PARA: TARJETA BLINDADA
– La responsabilidad del Asegurado ante el emisor de la tarjeta en caso de uso indebido de la misma por el propio Asegurado o por un tercero residente en su domicilio.
– Las coberturas de protección financiera incluye únicamente los servicios contemplados en el presente anexo, por lo que cualquier gasto o perjuicio no mencionado expresamente en los citados siniestros no es objeto de indemnización.
– En el caso de la cobertura de daños accidentales en las compras se encuentran excluidos:
- El robo, así como las simples pérdidas o extravíos.
- Los daños causados por desgaste o deterioro paulatino como consecuencia del uso o funcionamiento normal, erosión, corrosión oxidación, polillas, insectos, humedad, o acción del calor o del frío u otra causa que origine un deterioro gradual.
- Los daños causados por vicios, defecto de fabricación o avería mecánica o eléctrica del bien Asegurado.
- Los daños causados por un proceso de limpieza, tinte, reparación o restauración.
- Los robos o daños a bienes asegurados en el transcurso de su transporte, traslado, o desplazamiento por el vendedor o sus encargados.
- Además de las anteriores exclusiones el servicio no cubrirá los daños fiscos a:
- Dinero en efectivo o su equivalente, cheques de viaje, billetes de transporte, cupones de gasolina, tickets u otros instrumentos negociables.
- Vehículos a motor.
- Animales o plantas vivas.
- Joyas y piedras preciosas.
- Pieles
– Con carácter general a todos los servicios, quedan excluidas de la garantía objeto del presente anexo las consecuencias de los hechos siguientes:
- Los causados directa o indirectamente por la mala fe del Asegurado.
- Los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario tales como inundaciones, terremotos, desprendimientos, corrimientos de tierra, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas atípicas, caídas de cuerpos siderales y aerolitos, y en general cualquier fenómeno atmosférico, meteorológico, sísmico o geológico de carácter extraordinario.
- Hechos derivados de terrorismo, motín o tumulto popular.
- Hechos o actuaciones de las fuerzas armadas o de las fuerzas y cuerpos de seguridad en tiempos de paz.
- Las guerras, con o sin declaración previa, y cuales quiera conflictos o intervenciones internacionales con uso de la fuerza o coacción.
- Los derivados de la energía nuclear radiactiva.
- Los servicios que el Asegurado haya concertado por su cuenta, sin la previa comunicación o sin el consentimiento de la Compañía salvo en caso de urgente necesidad. en ese caso, el Asegurado deberá presentar ante la Compañía los justificantes y facturas originales.
- Despacho y/o entrega de una tarjeta bancaria por el administrador, Asegurado, sus agentes y transportadores cuando dicha tarjeta haya sido entregada a una persona distinta a aquella a la cual estaba destinada.
- Reclamos respecto de transacciones fraudulentas efectuadas con posterioridad al aviso de bloqueo o notificación por escrito de la pérdida, robo (en el cajero) o clonación de la tarjeta fuera de los términos establecidos en el presente anexo.
- Transacciones realizadas a través de ventas por internet, por catálogo, por teléfono o por cualquier medio de transmisión de datos en que no exista la firma manuscrita del titular o adicional.
- Responsabilidad civil de cualquier tipo que afecte al Asegurado o al contratante.
- Retiros de efectivo por otros medios diferentes al del cajero.
PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO
El beneficiario de esta póliza deberá notificar por escrito a la aseguradora el fallecimiento del asegurado cuando tenga conocimiento de la existencia del beneficio hasta un límite máximo de tres (3) años contados a partir de la ocurrencia del siniestro. El plazo para aviso de siniestro en la cobertura de desmembración accidental es de treinta (30) días posteriores a la fecha de ocurrencia del siniestro.
En caso de no darse aviso por escrito a la compañía en los plazos estipulados, el siniestro se considerará como extemporáneo y el beneficiario perderá los derechos a los beneficios establecidos en la presente póliza, liberando a la compañía de seguros del pago de la indemnización que habría correspondido.
PARA: TARJETA BLINDADA
El Asegurado (tarjetahabiente) está obligado a:
– La notificación por escrito de la pérdida o robo de las tarjetas antes de transcurridas cuarenta y ocho (48) horas desde el momento en que se detecte su falta, tanto a los emisores como a la policía, siendo requisito inexcusable la presentación de una copia de la denuncia indicando la fecha y hora exacta de la ocurrencia del hecho.
– La notificación por escrito de la clonación antes de trascurridos treinta (30) días desde el momento en que se registren los consumos indebidos en el estado de cuenta, tanto a los emisores como a la policía, siendo requisito inexcusable la presentación de una copia de la denuncia indicando la fecha y hora exacta de la ocurrencia del hecho.
– El envío de toda la documentación relativa a un siniestro en un plazo de tiempo no superior a noventa (90) días desde que se realizó la notificación por escrito de pérdida, robo o clonación.
PROCESO DE ATENCIÓN
PARA: PLAN DENTAL
– Llamar al 1800-378466 opción 2 a nivel nacional.
– Para reservar su cita deberá indicar su número de cédula y los datos requeridos por los operadores.
– Los operadores le asesoraran sobre las clínicas más cercanas a su lugar de trabajo o residencia.
– En la primera cita le realizarán un diagnóstico general.
– La clínica le entregará el presupuesto de los tratamientos a realizarse.
– Una vez definidos los tratamientos a realizarse deberá coordinar directamente con la clínica la próxima cita.
– Para su atención o la de sus dependientes en cada centro de atención deberá registrar su huella digital.
– Para los procedimientos detallados en su plan y que estén cubiertos al 100% no deberá rembolsar ningún valor.
– En el caso de que su plan tenga cobertura al 70% deberá cancelar el 30% directamente en la clínica.
– No tendrán cobertura las atenciones que se realicen bajo otro procedimiento o clínica que no se encuentre en la red.
PARA: SEGURO EXEQUIAL EN ARRIENDO POR ACCIDENTE:
– Comunicarse con los teléfonos 1800-Equinoccial (378466)
– Queda aclarado que esta cobertura no es reembolsable.
PARA: ASESORÍA JURÍDICA TELEFÓNICA:
– Comunicarse con los teléfonos 1800-Equinoccial (378466)
DOCUMENTOS EN CASO DE SINIESTROS
DOCUMENTOS GENERALES PARA TODOS LOS SINIESTROS:
– Formulario de reclamación
– Original de la partida de nacimiento o fotocopia de cédula de identidad del Asegurado
– Carta de solicitud de pago por transferencia llenada por los beneficiarios
ADEMÁS DE DOCUMENTOS GENERALES, PARA MUERTE ACCIDENTAL:
– Copia de Certificado de Defunción
– Historia clínica del Asegurado.
– Acta de levantamiento del cadáver.
– Cédula de identidad de los Beneficiarios y/o partida de nacimiento en caso de que éstos sean menores de edad.
– Posesión efectiva de legitimarios / herederos (si no hubiere Beneficiarios designados)
ADEMÁS DE DOCUMENTOS GENERALES, PARA DESMEMBRACIÓN ACCIDENTAL:
– Certificado médico detallando causas y fecha de la desmembración
– Información clínica, radiológica, histológica y de laboratorio
ADEMÁS DE DOCUMENTOS GENERALES, PARA TARJETA BLINDADA:
El beneficiario deberá aportar los justificantes, recibos, certificados y denuncias que justifiquen tanto la ocurrencia de hechos amparados bajo este anexo como el haber incurrido en gastos indemnizables bajo la misma, conforme los siguientes documentos:
– Denuncia a las autoridades competentes.
– Registro del sistema del banco donde se reflejen las transacciones reclamadas.
– Carta de la institución financiera respaldando el siniestro por el monto perjudicado.
– Facturas de gastos incurridos (originales), recetas médicas u orden de exámenes (originales), información clínica, radiológica, histológica y de laboratorio, formulario de declaración médica, en caso de gastos médicos por accidente (asalto en atm).
– Comprobante de gastos para recuperación de documentos.
ADEMÁS DE DOCUMENTOS GENERALES, PARA DAÑOS ACCIDENTALES A LAS COMPRAS:
– Presupuesto de reparación y fotografías de los bienes dañados.
– Justificante original del pago con la tarjeta.
– Factura de compra del producto.
VIGENCIA DE LA PÓLIZA
La vigencia de la cobertura es de treinta días (30) e inicia a partir de la fecha en la que se realiza el débito de la prima total del seguro. En caso de no existir débito donde se pueda recaudar la prima completa, no tendrá derecho a cobertura de la póliza.
FACTURACIÓN
La factura será notificada mediante correo electrónico a la dirección registrada por el cliente, de igual manera se
encontrará disponible en la plataforma web de Seguros Equinoccial S.A. conforme lo dispuesto en la normativa vigente.
IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES
Al valor de las primas netas se deberán cargar los impuestos establecidos por la ley, el 3.5% para la Superintendencia de
Compañías, Valores y Seguros, el 0.5% Seguro Campesino. Estos valores podrán ser modificados siempre y cuando así
lo establezca la ley.